Juez Único de Competición

CAU 2025. Resoluciones Comités Disciplinarios

El Juez Único de Competición es D. Juan José Padilla Salvador (Ldo. en Derecho. Máster Internacional en Derecho y Gestión Deportiva)

En cumplimiento del art. 6.6. del Reglamento General del CAU 2025, para todas las modalidades deportivas de equipo de los Campeonatos de Andalucía Universitarios, se crea la figura del Juez Único de Competición. La potestad disciplinaria en todas las competiciones del CAU 2025 corresponden al Juez Único de Competición excepto la competición de Balonmano que corresponde al Comité de Competición de la Federación Andaluza de Balonmano.

Corresponde al Juez Único de Competición en todos los deportes excepto Balonmano, y al Comité de Competición de la FABM para Balonmano, velar por la pureza de la competición y ostentar la potestad disciplinaria deportiva, actuando en base a:

  • Las actas de los encuentros redactadas por los árbitros y jueces.
  • Las reclamaciones presentadas en tiempo y forma por las personas autorizadas.
  • Las alegaciones y reclamaciones de índole organizativa, dando traslado al Comité Organizador.

Las alegaciones y/o reclamaciones al Juez Único de Competición, y Comité de Competición de la FABM en su caso, se presentarán o enviarán (según modelo Anexo -Solicitud Juez Único), firmadas por el Jefe de Expedición o un representante del Servicio de Deportes de su Universidad dentro de los siguientes plazos:

  • Sistema de competición de fases finales y/o por concentración: hasta 2 horas después de la finalización del encuentro.
  • Sistemas de competición por eliminatorias o por ligas: dentro de las 48 horas siguientes a la ocurrencia de las causas que la motiven.

El Juez Único de Competición,  y Comité de Competición de la FABM en su caso, resolverá sobre las incidencias acaecidas en cada jornada, dentro de los siguientes plazos:

    • Sistema de competición de fases finales y/o por concentración: hasta 2 horas después de la finalización de la jornada.
    • Sistemas de competición por eliminatorias o por ligas: dentro de las 72 horas siguientes a la finalización del encuentro. Estos plazos se podrán ver reducidos cuando la premura del calendario de competición así lo requiera.

      La comunicación de las resoluciones del Juez Único de Competición, y Comité de Competición de la FABM en su caso, se realizará a través de la web del GADU y se enviará a la Secretaría Zonal y a las universidades implicadas.

      Las decisiones del Juez Único de Competición, y Comité de Competición de la FABM en su caso, agotan la vía administrativa y, por tanto, no son recurribles.

      Comunicación con el Juez Único de Competición (reclamaciones de equipos participantes y actas con incidencias)

      Las alegaciones de equipos participantes y las actas de los partidos habrán de enviarse al correo electrónico de la Secretaría Zonal (mcalvo@ual.es).

      Comunicación con el Comité de Competición FABM -BALONMANO- (reclamaciones de equipos participantes y actas con incidencias)

      Las alegaciones de equipos participantes y las actas de los partidos habrán de enviarse, además de a la Secretaría Zonal (mcalvo@ual.es), a la dirección de correo electrónico Comité de Competición FABM:  comitedisciplinario@fandaluzabm.org